Nombre: Federico Prieto
Ubicación: Argentina

23 junio, 2006

Historia del matrimonio actual


El amor es una cosa ideal, el matrimonio es una cosa real, y la confusión entre lo ideal y lo real jamás queda impune.
Goethe

INTRODUCCIÓN:
La palabra matrimonio, en la actualidad, puede ser usada para denotar la acción, contrato, formalidad, o ceremonia en la que la unión conyugal es creada, o para la unión en sí, en su condición de permanente. Normalmente es definido como la unión legítima entre marido y mujer. La palabra "legítimo" indica la sanción de una ley, ya sea natural, evangélica, o civil, mientras que la frase, "marido y mujer", implica los derechos mutuos en las relaciones sexuales, de la vida en común, y de una unión permanente. Las dos últimas características distinguen el matrimonio del concubinato y de la fornicación, respectivamente.
Este artículo trata acerca de la formación de la institución matrimonial durante el período de transición de la sociedad antigua a la medieval y su evolución hasta nuestros días.

A. LA SOCIEDAD ROMANO-GERMÁNICA. SIGLOS VI-XI

El matrimonio occidental constituye una mezcla de tradiciones romanas y germanas, basadas en la teoría consensual, la primera, y la teoría coital, la segunda, que enfrentó a los eclesiásticos que terciaron en esta polémica (La influencia de la Iglesia en este proceso es decisiva).
Esta época coincide con la instalación de los pueblos germanos en la Europa Occidental y con ellos la introducción de su propio derecho. De esta manera se inicia un proceso de mutua transición cultural que abarcó todas las áreas de la civilización. En cuanto al derecho, tanto el germánico como el romano, sufrieron cambios de toda índole, a veces, incorporando elementos ajenos, otras evolucionando en situación de adaptación a los cambios políticos y sociales del occidente medieval.
Las costumbres germanas que en materia sexual introdujeron estos pueblos, merecen conocerse, pues influyen poderosamente en la sexualidad medieval.

1) EL MATRIMONIO ROMANO
La concepción que actualmente tenemos de familia nos impide comprender el sistema social de los romanos y su propio concepto de aquélla. En su gran variedad de formas y tamaños, la familia romana era un hogar, que entre los ricos y poderosos podía incluir centenares de personas y de cosas: hijos, sirvientes, esclavos, ganado y otras propiedades.
Todo pertenecía al paterfamilias, incluyendo a su esposa y sus hijos. Jurídicamente el pater no era parte de la familia, puesto que era su propietario. Pero entre los pobres la familia de un pater modesto era considerablemente más pequeña, probablemente integrada apenas por la madre y los hijos, sin sirvientes, sin esclavos y pocas propiedades.
La definición clásica del matrimonio romano la formuló Modestino: “El matrimonio es la unión de un hombre y de una mujer, para toda la vida, según la ley divina y humana”. Se pone aquí el acento en el mutuo consentimiento de las partes, como un contrato bilateral desarrollado en otras partes de la ley romana.
Entendido el matrimonio como una unión permanente, no pretendía significar la posterior noción cristiana de matrimonio indisoluble, de por vida y haciendo nulo cualquier otro matrimonio. Lo que se debía entender es tanto una voluntad de constituir una sola unidad social, como también la noción de que la pareja podía tener propiedades para su uso y goce común. Indudablemente, fue completaba dicha definición con la intención de tener hijos. A ello, finalmente, se le unieron los sentimientos y las actitudes de las partes contrayentes: el honor matrimonii, que es el decoro y la dignidad social con que un marido debe tratar a su mujer, y que distingue al matrimonio verdadero del concubinato u otros tipos de cohabitaciones. Además, el affectio maritalis, que se convertía en la manifestación externa del anterior honor mediante el cariño y el amor que ambos cónyuges debían prodigarse mutuamente.
Se iniciaba con el acuerdo entre los jefes de las dos familias, pero el consentimiento del novio y de la novia era requisito esencial y absolutamente necesario para que el matrimonio tuviera validez legal. Los demás ritos eran también importantes, el compromiso, el acuerdo de la dote, la procesión ceremonial de la novia y de sus acompañantes hasta la casa del novio, el banquete de bodas, etc.; constituían manifestaciones externas muy importantes porque eran una prueba demostrativa del consentimiento.
Aunque durante la época republicana la ley prohibía a los varones casados tener relaciones con mujeres que no fuesen sus esposas, sin embargo el delito se fue haciendo impune tanto social como jurídicamente. Por el contrario, la prohibición estricta de copular con quienes no fuesen sus maridos estaba reservada a las mujeres casadas, sobre quienes recaía la infamia y, en ciertos casos, castigos muy severos prescritos por la ley. Esta doble actitud quedó estatuida e influyó en el comportamiento sexual de toda la historia occidental.
El efecto producido por el cristianismo y sus variaciones en la sociedad de la última época del Imperio romano (siglos IV y V) se vieron reflejados en una serie de cambios que la autoridad pública efectuó en el derecho civil en lo tocante al matrimonio. Las enseñanzas cristianas sobre la sexualidad iniciaron su gradual proceso de penetración así en la sociedad como en el ámbito de la normativa del derecho público.
El primer efecto directo de la influencia cristiana sobre la ley conyugal, fue declarar que la bigamia constituía un delito. El único procedimiento para dar fin a un matrimonio legalmente constituido fue, desde ahora, el divorcio, acompañado de una restricción de las causales para acudir a este recurso. Fue Constantino el que prohibió mantener simultáneamente una esposa y una concubina.
Los decretos de los emperadores cristianos modificaron las formas por las cuales se contraía matrimonio. La nueva normativa restringió a la clase alta los grupos en donde un célibe aristócrata debía encontrar cónyuge, con lo cual se redujo la posible elección de la pareja. En cambio, para las clases más bajas de la sociedad se ampliaron las posibilidades, pues hicieron legalmente posible el matrimonio para numerosas parejas informales cuyo vínculo se hallaba fuera de la ley, como las parejas de esclavos (contubernium) que alcanzaron el matrimonio con todos los derechos y consecuencias.
Durante este período, el matrimonio cristiano se fue haciendo un ritual distinto a las antiguas costumbres romanas. La bendición nupcial de un sacerdote llegó a ser una obligación dentro de la Iglesia, y en esa práctica aparecieron dos tipos de ceremonias que dan cuenta de similares simbolismos que emanan a su vez de mentalidades diferentes. Por ejemplo, en la Galia, el sacerdote impartía la bendición nupcial a la pareja mientras ésta permanecía en el lecho, poniendo énfasis en que el matrimonio se consumaba con la unión íntima de la pareja santificada por el ministro. En cambio, en Italia las ceremonias se llevaban a cabo con una bendición que el sacerdote realizaba en el edificio de la iglesia, habitualmente junto a la entrada, mientras los contrayentes intercambiaban los consentimientos, con lo cual el simbolismo se centraba en el consentimiento y en el papel que la Iglesia tenía en esta importante decisión.
Por otro lado, guiados por las autoridades eclesiásticas, los emperadores normaron las vinculaciones matrimoniales entre parientes cercanos, con miras a determinar con la máxima claridad los grados de parentesco y evitar las cercanías incestuosas.
El matrimonio romano, pues, estaba basado en el principio fundamental del consentimiento, tal como lo define el jurista Ulpiano: “el consentimiento, no la unión sexual, hace el matrimonio” (Nuptias enim non concubitus sed consensus facit. D.33.115).

2) EL MATRIMONIO GERMÁNICO
El matrimonio germánico se constituye con la cohabitación de la pareja unida, y no por un acto formal, de tal manera que, más que legal, era un acto social. La poligamia estaba aceptada en la medida de las posibilidades económicas de cada familia.
Había tres maneras se creaba el matrimonio: por compra, por rapto y por consentimiento mutuo.
a) Compra (Kaufehe): La compra de la novia era parte de un acuerdo entre dos familias, por lo que un intercambio de propiedad era esencial. Este proceso de compra contenía tres etapas:
1. Se iniciaba con un acuerdo (Muntvertrag) entre el pretendiente o su padre y el padre o tutor de la novia, referido a la compensación que la familia del novio debía pagar a la familia de la novia.
2. Le seguía una transferencia pública (anvertrauung) de la novia al jefe de la familia del novio.
3. Venían, a continuación, unos esponsales rituales (Trauung), consistentes en que los miembros del clan de la novia se colocaban a su alrededor para testimoniar la transferencia e indicar que consentían en ella. La transferencia no implicaba solamente la entrega física de la mujer, sino también de un poder legal (Munt, mundium). La mujer abandonaba su familia y quedaba integrada en otra. Este tipo de matrimonio era el más escogido.
b) Rapto o captura (Raubehe): Se efectuaba por medio de un secuestro forzado, sin el consentimiento de la mujer y de su familia. A veces se le ha llamado matrimonio por violación. Este tipo de compromisos violentos fueron combatidos por las leyes en los códigos germánicos, incluyendo grandes multas.
c) Consentimiento mutuo (Friedelehe): El consentimiento de ambos generaba un matrimonio válido. Este contrato fue, al parecer, una derivación del rapto pero con la aquiescencia de la mujer, pero no de su familia. Entonces, se diferenciaba de la compra porque faltaba, en primer lugar, el acuerdo de noviazgo o llamado también de dote y, en segundo lugar, falta al marido la transmisión del Munt sobre la novia. Faltando éste, la mujer seguía perteneciendo a su familia de origen, aunque viviera con su marido, miembro de otra familia.
En la sociedad germánica el matrimonio y el concubinato tuvieron escasas diferencia. Tanto el matrimonio como el concubinato requerían simplemente de la consumación, esto es, de la unión sexual. Ninguna formalidad o ceremonia era necesaria para crear un matrimonio. Por eso, la diferencia de éste entre los germanos fue la relación sexual acompañada de la intención de vivir en unión permanente y tener hijos. He aquí la diferencia con el concubinato, que no llevaba implícita la intención de formar esa unión permanente.
A medida que los germanos fueron lentamente cristianizados, algunas de estas costumbres fueron perdiendo vigencia muy lentamente también.
Con respecto al adulterio, el tratamiento fue muy desigual tratándose de una mujer. Los germanos consideraron gravísimo este delito, puesto que, sumada la ofensa y el deshonor que le acompañaba, generaba dudas sobre la legitimidad de los descendientes del marido. El descubrimiento del acto de adulterio de su esposa por el propio marido, eximía de todo castigo legal si éste asesinaba a ambos amantes.

B. FORMACIÓN DE LA FAMILIA-MATRIMONIO

En general, las comunidades germánicas cristianizadas ya a fines del siglo VI no aceptaron de buena gana la disciplina que en materia sexual intentaba imponer la Iglesia. En parte porque la evangelización era epidérmica como también porque se oponían a sus viejas tradiciones.
Un nuevo tipo de estructura familiar comienza a formarse entre los siglos VI y IX, no sin agudas tensiones entre la costumbre germánica y los ideales ascéticos de las autoridades eclesiásticas.
La familia comenzó, lentamente, a transformarse en un grupo unitario corresidencial formado por una pareja y sus descendientes directos. Se torna difícil saber en qué momento se inicia este cambio, salvo que sucedió a fines del siglo VI y comienzos del VII, es decir, en la época del Papa Gregorio Magno (590-604) y la del obispo Isidoro de Sevilla (ca. 560-636), momento en el cual la estructura familiar del Occidente medieval mantenía los rasgos que caracterizaban a la Antigüedad mediterránea. Entre esta época y la generación de Carlomagno (771-814) es notorio el cambio. La familia no estaba integrada solamente por el grupo nuclear consanguíneamente cercano, sino que integraba a otros miembros colaterales. La continuidad de su existencia, la permanencia e incremento de su prosperidad, como asimismo sus prerrogativas, se hallaban por sobre cualesquiera de sus integrantes y de cualquier segmento de edad contenido en ella. Toda opción sexual de cada uno de sus miembros se veía reflejada en toda la familia, motivo por el cual el matrimonio no era un asunto privado perteneciente a una elección individual, sino que entraba en el ámbito de la política familiar. El linaje paterno comenzó a tomar preeminencia con respecto al materno, identificándose las familias –especialmente las grandes familias– por la vía masculina. Además, una importante novedad se hace presente entonces: la conciencia de que el grupo familiar se halla unido por nexos emocionales.
Según alguno autores, este tipo de familia, aparecida alrededor del siglo IX, será la que perdure hasta nuestros días, y fueron tres las características que dieron forma:
1. La simetría, esto es, que su centro es la unidad de la familia nuclear (padre-madre-hijos);
2. Su misma estructura, que ahora se identificará con el linaje paterno;
3. El factor emocional (amor) que une a todos sus miembros.

Pero esta forma de la familia trajo consigo algunos inconvenientes a la hora de precisar el modo en que se constituía la institución del matrimonio. Para las costumbres germánicas, éste quedaba contraído, sellado y simbolizado por las relaciones sexuales entre los cónyuges, pudiendo disolverse a voluntad, al menos la del hombre. La discrepancia con la Iglesia era, sin duda, evidente, pues la doctrina eclesiástica consideraba al matrimonio como una unión de por vida entre el hombre y la mujer, contraído por consentimiento mutuo y el de sus familias.
Las autoridades de la Iglesia, influidas por las opiniones de los escritores patrísticos[1], desconfiaban del sexo al parecerles impuro.
No podía, pues, fundarse esta institución tan importante para la sociedad en la práctica de la sexualidad. Los germanos no veían el sexo con ideales ascéticos ni pretendían convertir la vida matrimonial en un ambiente de penitencia.
Esta discrepancia de fondo relativa a la función del sexo en el matrimonio, no podía escapar a la preocupación de las autoridades como también a los escritores católicos de los siglos VIII y IX, algunos de los cuales intentaron conciliar ambas posturas. El Papa Nicolás I (858-867), en una encíclica enviada a Bulgaria, sostenía el principio del mutuo consentimiento como principio fundamental del matrimonio.
Casi al mismo tiempo, Hincmar (845-882), arzobispo de Reims, planteó una teoría sobre el matrimonio, adaptándose a la tradición germánica, en la que sostenía que el matrimonio no consumado era incompleto, luego, inválido. Un verdadero acoplamiento, en el matrimonio legítimo entre personas libres de igual condición, ocurre cuando una mujer libre, que ha recibido la dote debida, se une a un hombre libre con el consentimiento paterno en una boda pública seguida por una relación sexual. Se trata de la teoría coital que otorga a la consumación sexual el papel principal en la constitución del matrimonio.
Desde luego no está ausente la doctrina consensual de la tradición romana, aceptada por Hincmar, pero el solo consentimiento dejaba incompleta la unión marital. Quizás, el éxito que esta opinión tuvo en la época, permita comprender la usanza habitual, que por entonces parece imponerse, de celebrar las ceremonias nupciales a la hora del crepúsculo, momento que se juzgó propicio para la relación sexual y la procreación. Este intento de conciliación tenía varios aspectos importantes, pues las condiciones propuestas por Hincmar tenían la virtud de ser comprobadas por testigos o podían inferirse. Esto permitía resolver casos donde asomaba la duda recurriendo a los hechos y no a meras impresiones. Pero también la tesis de Hincmar llevaba implícita algunas contradicciones que hoy parecen insalvables entre la definición de matrimonio por la tradición germánica y la cristiana. Esta pugna se hizo real en los tribunales consuetudinarios germánicos donde se vieron enfrentados estos sistemas de valores.
Sin embargo, los teólogos siguieron edificando una ética sexual para el matrimonio, coincidiendo y discrepando entre ellos, de acuerdo con la calidad del autor, la circunstancia en que se hallaba y la aceptación que su doctrina tuviera en la comunidad. Por ejemplo, Juan Damasceno (ca. 675-749), gran teólogo bizantino, elogió las virtudes del matrimonio y los beneficios de la sexualidad marital de una manera que no puede el historiador sino sorprenderse de su claridad y su inteligencia:
Que cada hombre disfrute de su mujer... No tendrá que ruborizarse, sino que podrá llevarla al lecho, día y noche. Que hagan el amor, manteniéndose el uno al otro como hombre y mujer y exclamando: “¡No os neguéis el uno al otro sino de mutuo acuerdo!”[2].
¿Os abstenéis de tener relaciones sexuales?, ¿No deseáis dormir con vuestro marido?, entonces aquel a quien negáis vuestra plenitud saldrá y hará el mal, y su perversión se deberá a vuestra abstinencia.
Esta opinión parece haber tenido correspondencia con la realidad, si juzgamos a partir de algunas fuentes, tales como los testamentos, los donativos e inscripciones en las tumbas, en donde ha quedado testimoniado el amor conyugal y el amor sexual. La sociedad parece haber comprendido y vivido el cariño conyugal y disfrutado de la sexualidad matrimonial.
El punto de vista de Juan Damasceno no fue compartido por la mayoría de los intelectuales de la época, tanto entre los bizantinos como también en el Occidente latino.
Las autoridades eclesiásticas transitaban por otro sendero. San Isidoro de Sevilla compartió las peyorativas opiniones de San Agustín y las de San Jerónimo referentes a la sexualidad: “incluso entre parejas casadas, el sexo era intrínsecamente malo y debía limitarse al mínimo necesario para la procreación. Sólo así, algo malo podía usarse correctamente”.
Gregorio Magno llevó las cosas más allá al preocuparse del problema moral que acompañaba la actividad sexual.
Aunque consideró pecado venial las relaciones entre marido y esposa, mostró gran preocupación porque la sexualidad matrimonial llevase a ambos a tipos más graves de mala conducta sexual, por lo cual el único remedio para los casados era renunciar por completo a la relación sexual; y para las parejas que pensaban en contraer nupcias, Gregorio recomendaba la convivencia sin consumar el matrimonio. La sexualidad conectaba a los humanos en lo más profundo con el pecado, y quienes fueran incapaces de frenar estas tentaciones, debían abstenerse de tener relaciones sexuales, al menos dos o tres días después de la boda.
En nada distinto se expresa otro obispo franco, Jonás de Orleans (ca. 780-843), que fue el primero que compuso un tratado dedicado a la vida del cristiano laico. En sus páginas se advierte una verdadera guerra contra el placer conyugal, puesto que el matrimonio había sido creado con vistas a la procreación.
Contaba Jonás de la idea que algunos pretendían sostener, “de que los órganos genitales, habían sido creados por Dios y que por ser fuente de placer, el sexo era, pues, una experiencia natural buena y por Dios aprobada”, era la interpretación mas errada, porque el sexo no es más que un instrumento y no un fin. El sexo por placer es un abuso de la creación de Dios, afirmaba el obispo. Si el sexo les está permitido a las parejas casadas, lo está sólo en los tiempos y lugares prescritos y, sin ninguna duda, exclusivamente para la procreación. Si aún en estas estrictas condiciones, el sexo sigue siendo fuente de pecado –aunque obviamente pecado venial–, qué más podía esperarse de aquellas parejas que buscaban cualquier ocasión para procurarse placer ambos.
Como si estos argumentos espirituales tuviesen poco poder de convencimiento para la aristocracia franca, dominada por el espíritu guerrero, Jonás sostuvo la tesis de que la actividad sexual debilitaba físicamente a los hombres, despojándoles de su salud, vigor y equilibrio. La excesiva apetencia por los placeres carnales provocaba nerviosismo y una cierta blandura perjudicial para la dignidad de un hombre bien nacido, esto es, un soldado, diestro con las armas y el caballo.
Evidentemente, para el hombre actual puede resultar sorprendente esta cuasi condenación de la vida conyugal y del matrimonio.
Pero hasta antes del siglo X, los teólogos no habían elaborado todavía una teología de los sacramentos, y desde luego el matrimonio, vinculado como hemos visto a la actividad sexual, ninguna autoridad podía pensar que la gracia sacramental pudiera presentarse en la vida marital, manchada por la lujuria, siempre al borde del pecado. El matrimonio aparecía a los ojos de los eclesiásticos como un bien relativo, es decir, que podía prevenir males peores como la fornicación, como asimismo un mal también relativo, ya que la necesaria procreación no podía efectuarse sin el placer que la naturaleza había impuesto. Si la Iglesia consideraba la virginidad como el ideal de vida cristiana, el matrimonio estaba muy lejos de contar con todo su favor. Pero también los padres conciliares volvieron a poner prudencia, debido a que era doctrinalmente inaceptable condenarlo por completo, y quienes llevaban sus conclusiones a límites extremos se hacían culpables de herejía. Como puede deducirse, había muchos autores que acariciaban la herejía o estaban directamente en ella.
Aunque los canonistas consideraron la dote y el acto sexual como requisitos meramente materiales, fue difícil rechazar este último para confirmar la validez de un matrimonio.
Cuanto más se enfatizaba en el carácter sacramental del matrimonio, más importante parecía la unión carnal, ya que simbolizaba la unión espiritual de Cristo con la Iglesia. Textos no faltaban para reforzar esta costumbre secular: el Génesis hablaba que el hombre y la mujer se convierten en una sola carne en el matrimonio.
El matrimonio comportaba ciertas limitaciones, los llamados impedimentos al matrimonio. Se trata de aquellas prescripciones relativas a los grados de parentesco y de consanguinidad que debían respetarse para impedir el incesto. Ello no había sido abordado con claridad por el derecho canónico alto medieval, pero desde este momento se inicia un proceso de exhortación para que la sociedad cristiana se atenga a estas disposiciones. Lo mismo puede decirse de la decisión tomada para que los matrimonios clandestinos o secretos se terminen y se hagan públicas las nupcias acompañadas de la bendición de un sacerdote.
Puede dudarse si estas exhortaciones calaron en la experiencia diaria de los feligreses. Si estos escritores dedicaron tanta preocupación por esta materia, quiere decir que la sociedad mantenía una conducta sexual bastante distante de todas estas limitaciones. La continua repetición de los autores y también de los concilios a contener los impulsos sexuales, o a respetar ciertas limitaciones, indica claramente que el comportamiento social se escapaba frecuentemente de las prescripciones eclesiásticas.

C. EL MATRIMONIO EN LA ACTUALIDAD

El hecho de que la familia aporte el marco para la mayor parte de las actividades sociales humanas y que además sea la base de la organización social en la mayoría de las culturas, relaciona a la institución del matrimonio con la economía, el derecho y la religión de un determinado país.
La Reforma, la Revolución Industrial y una creciente ideología individualista han provocado grandes cambios sociales que han hecho variar de modo considerable la institución del matrimonio.
El crecimiento de una clase media fuerte y la extensión de la democracia han llevado a una mayor tolerancia hacia la idea del matrimonio basado en la libre elección por ambas partes.
Los matrimonios de conveniencia, aceptados en todos los países del mundo a lo largo de la historia, prácticamente han desaparecido en las sociedades occidentales modernas, aunque en la aristocracia se mantuvieron hasta mediados del siglo XX.
Entre los cambios sociales que han afectado al matrimonio en los tiempos modernos se encuentran el incremento de las relaciones sexuales prematrimoniales y la mayor tolerancia como consecuencia de la desvalorización de los tabúes sexuales, el aumento gradual de la edad media para contraer matrimonio, el creciente número de mujeres que desarrolla una actividad profesional fuera de casa (con el consecuente cambio de estatus económico de la mujer) y la liberalización de la ley del divorcio en algunos países desde 1970, aunque en otros todavía es ilegal. Otros cambios significativos han sido la legalización del aborto, la mayor accesibilidad al control de natalidad, la supresión de obstáculos legales y sociales para los hijos de personas solteras y los cambios en los estereotipos de los roles de la mujer y del hombre en la sociedad.
En la actualidad el rito del matrimonio cristiano es un acto religioso del más alto nivel, es decir, es uno de los siete sacramentos. Si bien Lutero declaró que el matrimonio no era un sacramento sino un "acto mundano", todas las ramas protestantes han continuado considerándolo un acto religioso, pues normalmente lo realizan ante la presencia de un clérigo. Debido a la influencia luterana y a la Revolución francesa, se ha instituido el matrimonio civil en casi todos los países de Europa y de América del Norte, así como en algunos países de América del Sur. En algunos países el matrimonio religioso es esencial para la validez de la unión ante el derecho civil, mientras que en otros, por ejemplo en los Estados Unidos, es sólo una de las vías por las cuales un matrimonio se puede realizar. El matrimonio civil, no es, sin embargo, una institución moderna, pues existió entre los antiguos peruanos, y entre los aborígenes de América del Norte.
Ya sea considerado como un estado o como un contrato, o desde el punto de vista religioso y moral o de bienestar social, el matrimonio aparece en su más elevada noción en las enseñanzas y prácticas de la Iglesia católica. Para ésta, “el hecho de que este contrato sea un sacramento imprime en la mente popular su importancia y la santidad de la relación empezada. El hecho de que la unión sea indisoluble y monógama promueve en su grado más alto el bienestar de los padres e hijos, y estimula en toda la comunidad la práctica de la virtud del autodominio y del altruismo que son esenciales para el bienestar social, físico, mental, y moral”.
Sin embargo, las características primitivas, devenidas de la mezcla de tradiciones romanas y germanas, basadas en la teoría consensual, la primera, y la teoría coital, la segunda, siguen siendo la base del derecho en la Argentina, ya que, como condición necesaria para que el matrimonio civil quede consumado es necesario prestar el consentimiento de las partes, y aunque no es necesaria la presencia de testigos que certifiquen la unión sexual, es pasible de generarse la nulidad del matrimonio por impotencia de uno de los cónyuges, o de ambos, que impida absolutamente las relaciones sexuales entre ellos. Esta acción corresponde al cónyuge que alega la impotencia del otro, o la común de ambos[3].

D. Conclusión:

Mas allá del tedio o molestias que son recurrentemente asociados con esta palabra, lo cierto es que el matrimonio sigue siendo una institución humana, bondadosa y que intenta reflejar la necesidad del hombre y la mujer de poder obtener una pareja estable, con la cual formar una familia y desarrollar en forma plena el amor físico y espiritual, que comparten desde el noviazgo, bajo un manto de respeto, fidelidad y protección, asumiendo los derechos y obligaciones que se deben mutuamente, ya sean impuestos por las leyes, la religión y las buenas costumbres. No obstante ello, el matrimonio como institución civil no deja de ser una manera de protección de la propiedad conyugal y de separación de los bienes individuales de la pareja.


[1] Ciencia que tiene por objeto el conocimiento de la doctrina, obras y vidas de los Santos Padres.
[2] 1º Corintios 7.5: No os neguéis el uno al otro, a no ser por algún tiempo de mutuo consentimiento, para ocuparos sosegadamente en la oración; y volved a juntaros en uno, para que no os tiente Satanás a causa de vuestra incontinencia.
[3] Art. 220 del Código Civil Argentino (Ley 340)

2 Comments:

Anonymous Anónimo said...

el matrimonio es una figura jurídica que va a desaparecer, cuando avance la humanidad y la filiación de los hijos se legitime solamente por el vínculo de sangre
buen artículo

9:02 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

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